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El Gobierno rechaza el asilo a Pinto y se abre un largo litigio internacional

miércoles, 13 de junio de 2012

El Gobierno de Brasil informó oficialmente el viernes 8 su decisión de "conceder asilo al ciudadano de Bolivia, Roger Pinto, a la luz de las normas y prácticas de Derecho Internacional Latinoamericano" y con base en la Constitución Política del Estado de ese país.



Pese a que han transcurrido cinco días, el Gobierno del Presidente Evo Morales aún no ha entregado el salvoconducto al senador de la oposición que alegó ser víctima de persecución política y amenazas de muerte para lograr ese beneficio.

Es más, ayer el presidente en ejercicio, Álvaro García Linera dijo que la decisión del Gobierno de Dilma Roussef fue "desatinada".

"Considero que es una decisión desatinada la que ha asumido el Gobierno del Brasil, de otorgar asilo a una persona que acá en Bolivia está acusado no por sus ideas, sino por delitos comunes", dijo García.

Aunque el segundo mandatario dijo que será la Cancillería que defina la situación de Pinto, su declaración se puede interpretar como una advertencia política que hace presumir la reiteración del Caso Haya de la Torre que derivó en un conflicto diplomático y jurídico entre Colombia y Perú. 

EL CASO HAYA DE LA TORRE

Como consecuencia del fracaso del levantamiento ocurrido el 3 de octubre de 1948, en Perú, el gobierno de ese país declaró fuera de la ley a la "Alianza Popular Revolucionaria Americana" (APRA), acusando a sus dirigentes del delito de rebelión. El 25 de octubre de 1948 se dictaron órdenes de arresto contra esos dirigentes, incluyendo al jefe del APRA, don Víctor Raúl Haya de la Torre, según la Corte internacional de Justicia.

Poco después, un golpe militar reemplazó al Gobierno del Perú. Las nuevas autoridades declararon el estado de sitio y continuaron la persecución de los dirigentes apristas que se hallaban prófugos.

El 3 de enero de 1949 Haya de la Torre se presentó a la Embajada de Colombia en Lima y solicitó asilo, que le fue otorgado. Al día siguiente el embajador colombiano notificó al gobierno peruano la decisión de conceder asilo a Haya de la Torre, de acuerdo con el art. 2, párrafo 2, de la Convención de La Habana sobre asilo, de 1928, y solicitó un salvoconducto para que el asilado abandonara el país. Por nota subsiguiente el mismo embajador informó al gobierno peruano que el Gobierno de Colombia había calificado a Haya de la Torre como asilado político, de acuerdo con el art. 2 de la Convención sobre Asilo Político de Montevideo (1933).

El gobierno peruano objetó las facultades de Colombia para calificar unilateralmente el delito y, en consecuencia, rehusó extender el salvoconducto que le solicitara.

Para solucionar la controversia ambos Estados suscribieron un compromiso, el 31 de agosto de 1949, llamado "Acta de Lima", sometiendo la cuestión a la Corte. El 15 de octubre de 1949 Colombia presentó su demanda a la Corte.

PINTO 

Ayer García Linera argumentó que sobre el senador opositor pesan cargos desde asesinato de dirigentes indígenas, hasta injurias contras autoridades gubernamentales, delito enmarcado en la tipificación jurídica del desacato. 

"Está acusado de asesinato, como en el caso de las muertes a dirigentes indígenas en Pando por la masacre en el Porvenir, por otro lado está acusado por delitos comunes, por daño económico al Estado, por malos manejos de recursos públicos, de haber malversado recursos públicos, no se le está acusando por su concepción de derecha", manifestó la autoridad.

García señaló que, para no entorpecer las investigaciones, desistirá del proceso que mantiene contra Pinto por desacato, así como ya lo hizo la ministra de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, Nardy Suxo.

"Para no entorpecer nada, tanto la Ministra Nardy (Suxo) como yo, en mi calidad de Vicepresidente, estamos desistiendo de esas acusaciones, de esas mentiras y calumnias; y (para abordar el tema) se está proponiendo un debate en la Asamblea (Legislativa Plurinacional) para que se modifique ese artículo del Código Penal", apuntó.


Nota: La Patria
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